Plan de investigación y Plan de Formación Personal
Antes de la finalización del primer año desde la fecha de su matriculación, los doctorandos/as, con la asistencia de las personas responsables de su tutorización y de la dirección de su tesis, elaborarán un Plan de Investigación. La fecha a partir de la cual se contabiliza el plazo es el que figura en su expediente como “Fecha de inicio”, que puede comprobar en el apartado de Datos académicos la plataforma informática (https://posgrado.uca.es/doctor/). La falta de presentación por el doctorando del plan de investigación en el plazo límite establecido producirá los mismos efectos que la evaluación negativa del mismo.
El doctorando cuenta con un modelo orientador, que puede obtener en formato Word, en la citada plataforma informática, en el apartado denominado precisamente Plan de Investigación. En ese modelo se sugiere que se presente una memoria que comprende los siguientes apartados:
1.- Resumen
2.- Antecedentes y estado actual del tema
3.- Hipótesis y Objetivos
4.- Metodología
5.- Justificación de recursos disponibles
6.- Planificación temporal de trabajo
7.- Implicaciones éticas y/o de bioseguridad de la investigación propuesta.
8.- Bibliografía.
Su presentación se hará a través de la plataforma de gestión de expedientes de Doctorado de la Universidad de Cádiz (http://posgrado.uca.es/doctor). Se requiere que el documento, una vez presentado, sea validado por el doctorando, por el tutor y por el director (o directores). Esta validación sólo puede hacerse una vez que el documento ha sido incorporado a la plataforma digital.
No es necesario esperar al vencimiento del año para presentar el Plan de Investigación, sino que el doctorando puede hacerlo en cualquier momento. Se recuerda que hasta que el Plan de Investigación no ha sido aprobado, no se respaldarán las estancias de investigación en ningún centro de investigación, español o extranjero.
La Comisión Académica, una vez que se ha presentado el Plan de Investigación y ha sido debidamente validado, lo revisará para su aprobación, pudiendo requerir al doctorando/a para que realice algunas mejoras o subsanaciones. La falta de evaluación del plan por la comisión académica en el plazo fijado no supondrá su aprobación.
Después de su aprobación, el Plan de Investigación puede ser expuesto públicamente, como Actividad Formativa, en la convocatoria que todos los años se hace en torno al mes de enero. En este acto, la comunidad científica del Programa (profesores y doctorandos) pueden realizar comentarios, observaciones, etc., abriendo un debate con el doctorando, todo ello con el fin de coadyuvar al mejor desarrollo de la investigación en curso. Esta actividad tendrá un reconocimiento de 100 horas como actividad formativa del doctorando.
En cualquier momento del desarrollo de los estudios de doctorado se puede proponer una modificación del Plan de Investigación, que seguirá los mismos trámites antes señalados, si bien no será posible una nueva exposición pública.
Asimismo, antes de la finalización del primer año, contado desde la fecha de la matrícula, la doctoranda o el doctorando, con la asistencia de su directora o director y su tutora o tutor, elaborará un documento que incluya un Plan de Formación Personal. El plan de formación personal de la doctoranda o doctorando contendrá una previsión de las distintas actividades formativas que se desarrollarán durante la tesis doctoral (cursos, impartición de seminarios, acciones de movilidad, etc.). Dicho documento se podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa y debe estar avalado por la directora o director y por la tutora o tutor.