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UniversidaddeCádiz
Escuela de Doctorado de la Universidad de Cádiz

Tesis como compendio de publicaciones

La presentación de la tesis como compendio de publicaciones está regulada por el artículo 23 del Reglamento de Doctorado de la Universidad de Cádiz,

La solicitud de autorización de presentación de la tesis en la modalidad de compendio de publicaciones se realizará junto con la solicitud de autorización del depósito, a través de la pestaña Trámite de Tesis del Expediente académico electrónico del doctorando o de la doctoranda

La tesis doctoral podrá estar constituida por el conjunto de trabajos publicados por el doctorando o la doctoranda sobre el tema de investigación de propia tesis en aquellos programas que, por la naturaleza y evolución de su disciplina científica, así lo permitan.
Los trabajos deberán haber sido aceptados para su publicación con posterioridad a la fecha de primera matriculación de tutela académica del doctorando o de la doctoranda, y deberán consistir en:
• Un mínimo de tres artículos publicados o aceptados en revistas incluidas en los tres primeros cuartiles de la relación de revistas del ámbito de la especialidad y referenciadas en la última relación publicada por el Journal Citation Reports (SCI y/o SSCI). No obstante, y de forma excepcional, podrá admitirse un número inferior de publicaciones cuando, atendiendo a las circunstancias de las publicaciones, se consideren de particular relevancia y su excelencia esté informada por la comisión del programa de doctorado y por la dirección de la escuela de doctorado a la que esté adscrito el programa realizado por la doctoranda o el doctorando.
• Para los supuestos de disciplinas en los que el anterior criterio de valoración de las publicaciones no sea relevante, las tres publicaciones se evaluarán tomando como referencia las bases y los criterios relacionados por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora para los campos científicos de que se trate, debiendo estar los artículos publicados en revistas incluidas en los dos primeros cuartiles de la última relación publicada. La dirección de la escuela de doctorado a la que esté adscrito el programa realizado por el doctorando o la doctoranda podrá emitir un informe valorando la relevancia de publicaciones que no respondan al criterio expresado.
• Un libro o, como mínimo, tres capítulos de libro, relacionados con el tema de la tesis, publicados en editoriales de reconocido prestigio que ocupen posiciones destacadas, en su correspondiente especialidad, en el ranking Scholarly Publishers Indicators (SPI).
No se aceptarán como aportaciones válidas a estos efectos las publicaciones de trabajos no relacionados con el proyecto de tesis doctoral, los trabajos en forma de abstract, los recogidos en proceedings, libros de actas de congresos o en suplementos de revistas, las cartas, artículos de opinión, artículos de revisión, comentarios, introducciones y otras publicaciones equivalentes, salvo en los casos en los que, previa solicitud del doctorando o de la doctoranda, y atendiendo a las especialidades de la publicación y el campo de la investigación, los informe la dirección de la escuela responsable del programa.
En el caso de publicaciones con varios/as autores/as firmantes, el doctorando o la doctoranda deberá hacer mención expresa de su contribución al trabajo realizado, justificando la relevancia de sus aportaciones frente a las del resto de firmantes. En este supuesto, el doctorando o la doctoranda deberá presentar la conformidad del resto de autores/as para la presentación de la publicación como parte de su tesis, manifestando estos/estas, expresa y formalmente, la propia renuncia a presentarlos como parte de otra tesis doctoral en cualquier otra universidad. Este documento, que se redactará en el formato normalizado que apruebe la dirección de las escuelas doctorales, se publicará junto con la tesis, en la forma adecuada.
En los artículos y capítulos de libro, el doctorando o la doctoranda deberá ser, preferentemente, primer/a autor/a, pudiendo ocupar el segundo lugar siempre que el primero corresponda a la persona que dirija la tesis. La persona responsable de la dirección de la escuela doctoral que corresponda podrá emitir un informe valorando la relevancia y la eventual equivalencia de un orden de autores/as distinto del expresado, atendiendo a las especialidades de la disciplina de que se trate.
En el caso de que la aportación sea un libro, el doctorando o la doctoranda deberá figurar en el primer lugar de la autoría.
En esta modalidad, la tesis deberá constar al menos de los siguientes apartados:
a) Resumen.
b) Introducción y justificación de la unidad temática de la tesis.
c) Hipótesis y objetivos.
d) Análisis crítico de los antecedentes.
e) Discusión conjunta de los resultados obtenidos en los diferentes trabajos.
f) Conclusiones alcanzadas, indicando de qué publicación o publicaciones se desprenden.
g) Perspectivas, bibliografía y anexo con los artículos publicados o aceptados para su publicación, en cuyo caso se aportará justificante de la aceptación de la revista o editorial.
La memoria de tesis incluirá, al menos: resumen en español, el informe de las personas responsables de la dirección de la tesis, un informe con el factor de impacto y cuartil del Journal Citation Reports (SCI y/o SSCI) o de las bases de datos de referencia del área en el que se encuentran las publicaciones presentadas. En su caso, además, deberá acompañarse los informes de la dirección de las escuelas referidos anteriormente.
Corresponde a la comisión académica del programa autorizar la presentación de la tesis en la modalidad de compendio de publicaciones, asegurando el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente artículo.