Requisitos específicos de acceso: Doctorado en Biomoléculas y Biomedicina (8224)
Según establece el artículo 12 del Reglamento UCA/CG12/2023, de 29 de septiembre, las comisiones académicas de los programas de doctorado podrán establecer requisitos y criterios adicionales para la admisión a un programa concreto de doctorado, que deberán ser coherentes con el ámbito científico del programa y descritos con claridad en la correspondiente memoria del programa. En particular, se podrá establecer como requisito específico la acreditación por el doctorando o doctoranda del compromiso de un posible director o directora de tesis.
La admisión a los programas de doctorado podrá incluir la exigencia de realización de complementos de formación específica, que, al igual que los requisitos específicos de admisión, deberán ser incluidos en la memoria de verificación del programa. Los complementos de formación específica deberán superarse durante el primer año de desarrollo de la tesis, contado a partir de la primera matrícula en el programa de que se trate. A efectos de precios públicos y de concesión de becas y ayudas al estudio, tendrán la consideración de formación de nivel de doctorado. Los complementos de formación habrán de ajustarse a cada uno de los perfiles (apartado 3.4. de la Memoria).
Cada programa de doctorado reservará al menos un 5% de las plazas ofertadas para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y para quienes tengan necesidades educativas especiales permanentes asociadas a circunstancias personales de discapacidad, que en sus estudios anteriores hayan precisado de recursos y apoyos para su plena normalización educativa.
Para la selección y admisión de estudiantes al programa de doctorado, la Comisión Académica baremará a todos los candidatos, basándose en principios de objetividad, imparcialidad, mérito y capacidad. Para ello, los valorará en función de los siguientes criterios:
Criterio 1: Formación académica. La Comisión Académica evaluará los expedientes académicos del grado y máster, así como la adecuación de la formación del estudiante a la línea de investigación en la que vaya a desarrollar su labor investigadora.
Criterio 2: Méritos investigadores. Para que estos méritos puedan ser considerados por la Comisión Académica del programa, el solicitante deberá justificar de manera inequívoca la vinculación entre ésta y el futuro desarrollo de su investigación.
Criterio 3: Vinculación mediante beca o contrato a la Universidad de Cádiz.
Criterio 4: Compromiso de dirección de tesis por parte de un investigador de reconocido prestigio.
Criterio 5: Viabilidad y adecuación a las líneas de investigación del programa del trabajo de investigación. Para su evaluación, el solicitante debe presentar un breve resumen del trabajo que pretende desempeñar que deberá venir avalado por el investigador que se propone como director.
La Comisión Académica para cuantificar los criterios anteriores, aplicará la siguiente puntuación a los diversos méritos alegados por los candidatos:
- Expediente académico (nota media). Se establecerá un rango entre 0 y 4 considerando las notas alcanzadas en los estudios que dan acceso al doctorado (grado y máster o equivalente legal). Cuando el solicitante posea una titulación (grado o máster) que se considere poco afín al programa, la puntuación se multiplicará por 0,5. Hasta 4 puntos.
- Curriculum vitae, valorando las aportaciones académicas que supongan vinculación o afinidad con las líneas de investigación del programa de doctorado o con el desempeño de actividades universitarias o académicas, así como la vinculación mediante beca para la realización de tesis doctoral o contrato en la Universidad de Cádiz. Hasta 3 puntos.
- Presentar el aval de un Investigador de reconocido prestigio, preferentemente del programa de doctorado, con disponibilidad para asumir la dirección o codirección de la tesis. Hasta 3 puntos.
- Valoración del trabajo de investigación que se pretende desarrollar y su adecuación al programa. Hasta 1 punto.
La admisión al Programa requerirá una puntación mínima de 7 puntos.
Los criterios de admisión serán comunes para los alumnos a tiempo completo y a tiempo parcial, quienes tendrán que establecer y justificar su dedicación en la solicitud de admisión.
La Comisión Académica del Programa de Doctorado regulará todo el proceso de admisión, aplicará los criterios de valoración y publicará un listado provisional de admitidos, según el calendario publicado a tal efecto, a través de la aplicación de los servicios de gestión telemática de expedientes de Doctorado de la Universidad de Cádiz (posgrado.uca.es/doctor). Tras la fase de alegaciones y resolución de las mismas, se publicará el listado definitivo de admitidos en el programa de Doctorado a través del mismo procedimiento empleado con la resolución provisional.