Comisión de Garantía de Calidad del Programa
La Comisión Académica de Doctorado (CAD) realizará las funciones de Garantía de Calidad del Programa de Doctorado: La Comisión Académica de cada Programa de Doctorado, tal y como recoge el RD 99/2011, es la responsable de su definición, actualización, calidad y coordinación, así como del progreso de la investigación y de la formación y de la autorización de la presentación de tesis de cada doctorando del programa.
La función de dicha Comisión será la de estudiar los resultados en los distintos procedimientos que componen el SGIC y, en función de los mismos, elaborar las propuestas de mejora pertinentes, realizando, a su vez, un seguimiento de su puesta en marcha y desarrollo.
La CAD deberá informar de los resultados de los análisis realizados y de las propuestas de mejora al CD-ED.
El Coordinador de Calidad del Programa de Doctorado (CCD): El coordinador del programa de doctorado actuará como coordinador de calidad del mismo. Dicho coordinador organizará las tareas para el seguimiento y acreditación del doctorado de acuerdo con lo establecido en el Sistema de Garantía Interno de Calidad del Doctorado.
La autonomía en el diseño del Título se combina con un adecuado sistema de evaluación y acreditación, que permitirá supervisar la ejecución efectiva de las enseñanzas e informar a la sociedad sobre la calidad de las mismas. La concreción del sistema de verificación y acreditación permitirá el equilibrio entre una mayor capacidad de las universidades para diseñar los títulos y la rendición de cuentas orientada a garantizar la calidad y mejorar la información a la sociedad sobre las características de la oferta universitaria. La acreditación de un Título se basará en la verificación del cumplimiento del proyecto presentado por la Universidad y facilitará la participación en programas de financiación específicos, como, por ejemplo, de movilidad de profesores o estudiantes.
La garantía de calidad, por tanto, puede describirse como la atención sistemática, estructurada y continua a la calidad en términos de su mantenimiento y mejora. En concreto, en el Programa de Doctorado y como señala el Real Decreto 99/2011 para garantizar la calidad del doctorado y el correcto desarrollo de la formación doctoral la Universidad deberá justificar la existencia de equipos investigadores solventes y experimentados en el ámbito correspondiente como queda recogido en el punto 6.1 de la Memoria de verificación del doctorado.
- Acuerdos e informes de la Comisión de Garantía de Calidad del programa (No aplica: nuevo Programa de Doctorado).
- Enlaces de interés
Asociaciones, entidades, etc. que desean que aparezcan enlazados:
- European Accounting Association: https://eaa-online.org/
- American Accounting Association: https://aaahq.org/
- AECA: https://aeca.es/
- ASEPUC: https://asepuc.org/