Requisitos de acceso y admisión al Doctorado
Requisitos generales de acceso
Los requisitos generales de acceso a los estudios de doctorado están recogidos en el artículo 11 del Reglamento UCA/CG06/2012 (modificado el 4 de mayo de 2016, BOUCA nº 208, https://escueladoctoral.uca.es/wp-content/uploads/2018/06/Reglamento-UCA-CG06-2012-Ordenacion-estudios-Doctorado-UCA.pdf), de 27 de junio de 2012, por el que se regula la ordenación de los estudios de doctorado en la Universidad de Cádiz.
Requisitos específicos de admisión
De acuerdo con lo que establece el art. 12.2 del Reglamento UCA/CG06/2012, las comisiones académicas de los programas de doctorado pueden establecer requisitos adicionales para la admisión de los estudiantes. En el presente programa se establece como requisitos específicos el de estar en posesión del título de Licenciado o Graduado en Derecho y un Máster universitario oficial.
Características de los Programas de Doctorado
- La duración de los estudios de doctorado será de un máximo de tres años, a tiempo completo, a contar desde la admisión del doctorando en el programa hasta la presentación de la tesis doctoral. Podrán realizarse estudios de doctorado a tiempo parcial por causas debidamente justificadas y previa autorización de la comisión académica responsable del programa. Se contempla, además, la posibilidad de prórroga y de baja temporal del doctorando (artículo 14 del Reglamento UCA/CG06/2012, de 27 de junio).
- El programa de doctorado está constituido por un conjunto organizado de actividades formativas y de investigación, cada una de las cuales comprende un número mínimo de horas de trabajo. Para dar por superadas esas actividades, será necesario completar un mínimo total de 600 horas, de acuerdo con lo establecido en la memoria de verificación del programa.
- Al solicitar su admisión, el aspirante deberá indicar la línea de investigación de su preferencia de entre las ofertadas en el programa de doctorado. Corresponde a la comisión académica del programa asignar las líneas y nombrar a los tutores y directores de los doctorandos. De acuerdo con lo que establece el artículo 15 del Reglamento UCA/CG06/2012, el tutor es el responsable de la adecuación de la formación y de la actividad investigadora del doctorando a los principios de los programas y, en su caso, de las escuelas de doctorado. El tutor tiene, además, la obligación de velar por la interacción del doctorando con la comisión académica del programa y de supervisar su formación. El seguimiento de las actividades concretas que realizará el doctorando, de acuerdo con su tutor, se llevará a cabo a través de un registro individualizado que se concretará en el denominado Documento de actividades del doctorando.
- Según recoge el punto 2 del artículo 4º de la Instrucción UCA/I03VP/2016, que define los procedimientos para la gestión del régimen de dedicación y permanencia en los estudios de doctorado en la Universidad de Cádiz, en el momento de su admisión, si es posible, o en todo caso dentro del plazo de los tres meses posteriores a su matriculación, a cada doctorando le será asignado un director de tesis por la comisión académica del programa. Por razones de índole académica, la comisión académica podrá autorizar la codirección de tesis. Preferentemente, el director de la tesis ejercerá las funciones asignadas al tutor. El nombramiento de un tutor distinto del director de tesis procederá cuando éste no esté adscrito al programa de doctorado en el que esté matriculado el doctorando.
- Antes de la finalización del primer año desde su matriculación, el doctorando elaborará un Plan de Investigación que incluirá, al menos, un resumen de la investigación que se propone realizar, la exposición de los antecedentes, la metodología a utilizar, los objetivos que se pretenden alcanzar y la bibliografía disponible brevemente comentada. El Plan describirá los medios de los que se dispone para su realización e incluir una propuesta de planificación temporal. Anualmente, la comisión académica del programa evaluará el Plan de Investigación y el Documento de actividades de cada doctorando junto con los informes que, a tal efecto, deberán emitir el tutor y el director de la tesis.
- El doctorado culminará con la superación de la defensa de una tesis doctoral, que consistirá en un trabajo original de investigación elaborado por el doctorando y relacionado con el campo científico, técnico o artístico del programa de doctorado realizado, y que deberá capacitar al doctorando para el trabajo autónomo y profesional en el ámbito de la I+D+.